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Rosarito

Beneficios del uso obligatorio de cámaras corporales policiales en México

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Por Stephany Roman

Durante mi último año en la licenciatura en Derecho, una de las materias más importantes era realizar una tesina de un tema a elección, por lo que tras diversas noticias y quejas sobre el desempeño de las autoridades de seguridad pública y funcionarios públicos, me di a la tarea de saber si había una forma de tener seguridad jurídica y proteger nuestras garantías individuales de la corrupción que se pudiese presentar en nuestra contra por alguno de estos elementos policiales.

Dado que resido en este municipio fronterizo (Rosarito) donde hay bastante interacción de turismo extranjero, y la extorsión hacia estos y hacia los nacionales es una realidad, decidí investigar una vía legal para utilizar herramientas tecnológicas que otorguen mayor seguridad y transparencia a la sociedad, evidenciando los hechos que realmente acontecen, con la portación de cámaras corporales policiales (CCP).

Dado lo anterior, me dediqué a investigar si en otros países o en algún municipio de México se utilizan este tipo de dispositivos y que resultados se estaban obteniendo y  si existe algún desarrollo o iniciativas legislativos en este tema en nuestro país, y así plantear la aplicación de las herramientas que nos brinda el desarrollo científico para beneficio de la seguridad en nuestra sociedad.

El uso de CCP es clave para garantizar nuestro derecho constitucional del art. 16 donde el motivo de ser molestados en nuestra persona sea comprobado con una prueba plena, generando igualdad entre los órganos de seguridad pública y los ciudadanos.

Tras la lectura de algunos libros, análisis internacional de implementación de CCP, me percaté de que esta tecnología era viable y bastante efectiva, tanto en otros países como en el nuestro, ya que algunos municipios de México ya se cuenta con el uso de cámaras corporales policiales, entre los principales, la CDMX, que como lo menciona ¨Ahedo, A. (11 de abril de 2018) EL UNIVERSAL. Obtenido de “ojos electrónicos. Equipan a patrullas y policías”.

Donde se llevo a cabo la implementación de 12 mil cámaras por parte de los agentes de la secretaría de seguridad pública (SSPCDMX), con la finalidad de vigilar el labor de las policías y el cumplimiento del en ese entonces, nuevo sistema penal acusatorio. Dicho reportaje menciona tambien los costos y las empresas con las que en se realizaron los contratos para su implementación. Dichas cámaras en la práctica se utilizaban dos en el interior y dos en el exterior de cada patrulla. Lo más sorprendente es que ya muchas de las interrogantes que me inquietaban como el correcto uso y cómo evitar la manipulación de los dispositivos, se encuntran resueltas, ya que los dispositivos policiales son diseñados para evitar manipularlos a conveniencia, y el uso, monitoreo, almacenamiento y mantenimiento, ya tiene un protocolo dentro del marco legal para dotar esta herramienta de transparencia.

Una de las sorpresas más gratas fué también, que el entonces gobernador de Morelia (Abreu,2017) ya había hecho una propuesta legislativa, para legislar estos dispositivos, nombrando dicha iniciativa como: PROTOCOLO PARA EL USO DE CÁMARA CORPORAL POLICIAL DE LA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD, dónde en la exposición de motivos se centra en el mejoramiento de las instituciones de seguridad pública, dada la desconfianza hacia dichas instituciones policiales, lo que independiente de referirse al estado en el que se encontraba gobernando, esta preocupación por la actuación policial, es una realidad que se vive en absolutamente todo el país. Dicho lo anterior, el protocolo se concentra en varios títulos, tales como los principios de actuación en el uso de CCP, dónde el séptimo artículo, muy interesante, menciona que al momento de una detención, se anexará el informe policial homologado (IPH), las grabaciones obtenidas por la CCP y su respectivo protocolo. Así como otros títulos importantes como el almacenamiento y la inspección, obligaciones, responsabilidades y prohibiciones, grabaciones obligatorias, etc, por mencionar algunos de los titulos más importantes.

En conclusión, se pueden confirmar los beneficios del uso obligatorio de las CCP, principalmente su efectividad, factibilidad y uso; y como el que se conviertan en un elemento obligatorio en el equipo que un policia deba portar, sería sin duda, el filtro de ética y respeto que tanto necesita el país, así como la agilización de muchos procedimientos penales.

 Exponer, sancionar y difundir las causas injustas, son clave para mejorar la cultura de seguridad y de protección a nuestras garantías individuales donde se erradique la corrupción y la extorsión policial.

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