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Rosarito

Da a conocer el SAT actividades vulnerables al lavado de dinero

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Por Juan Pablo Sebastián

Con el fin de evitar el lavado de dinero, el SAT dio a conocer las actividades vulnerables de incurrir en este tipo de actividades ilícitas y advirtió que seguirá realizando investigaciones para combatirlas.

Se trata de operaciones muy difíciles de rastrear, ya que se mueven en grandes cantidades de dinero.

De acuerdo con el Artículo 17 de la Ley para la Preservación e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia ilícita, el Fisco clasifica como actividades vulnerables las siguientes:

1.- Actividades vulnerables no financieras:

Se refiere a todas aquellas actividades relacionadas con juegos, concursos y sorteos, venta de boletos, fichas o cualquier comprobante de participación, así como la entrega del pago de premios, siempre y cuando se supere 325 veces el salario mínimo.

2.- Comercializar o intervenir en la compra venta de piedras preciosas, joyas, relojes, obras de arte, entre otros objetos valiosos.

3.- Compra o venta de vehículos terrestres, aéreos o marítimos, cuyos costos rebasen 3,200 veces el salario mínimo, es decir, cerca de 450,000 pesos.

4.- Emisión y comercialización de cheques de viajero.

5.- Subastas de obras de arte que pasen los 2,400 veces el salario mínimo.

6.- Prestación del servicio de traslado o custodia de dinero o valores.

7.- Operaciones de compra y venta de inmuebles propios, así como la prestación de los servicios de construcción y desarrollo de inmuebles.

8.- Emisión de tarjetas de servicios o crédito, prepago, cualquiera que constituya un medio de almacenamiento de valor monetario.

9.- Servicio de blindaje de autos.

En caso de realizar alguna de las actividades anteriores o comercializar autos, piedras preciosas, entre otros, lo ideal es asesorarse con expertos en prevención de lavado de dinero, para evitar sanciones que van desde los 18,000 pesos hasta los 8 millones de pesos por sanciones futuras y pasadas.

El incumplimiento de esta ley podría llevar además a la privación de la libertad, en caso de incurrir en información falsa o alterada.

Según la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones, la prestación de servicios profesionales de manera independiente, sin la existencia de ninguna relación laboral con el cliente o que se realicen en su nombre algunas de las actividades antes mencionadas, se identifican como actividades vulnerables al lavado de dinero

El SAT podrá solicitar información de los depósitos en efectivo, en caso de detectar alguna inconsistencia entre los gastos y los ingresos, sin embargo, este procedimiento iniciará solamente en caso de que los usuarios lleven en proceso de alguna auditoria, fiscalización o revisión que haya ordenado el SAT.

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