Rosarito
Auditoría Superior del Estado condescendiente “Recomendaciones pequeñas”, omisiones mayores

Recomendaciones pequeñas para omisiones mayores es lo que se lee en el informe que la Auditoría Superior del Estado emitió sobre las cuentas públicas del Ayuntamiento de Rosarito en el ejercicio fiscal 2022, durante el gobierno de Araceli Brown Figueredo.
La auditoría arrojó una serie de observaciones en diversos temas y dependencias, particularmente relacionadas con la falta de documentación comprobatoria de gastos.
En algunos casos, los gastos no comprobados fueron por miles de pesos.
En contraste, las sanciones emitidas por la Auditoría Superior a estas omisiones se limitan a meras recomendaciones, sin promover en ningún caso responsabilidades por el faltante o por el incumplimiento a las normas y procedimientos para la ejecución del gasto público.
Una de las observaciones refiere un faltante de 704 mil pesos de un contribuyente que pagó menos del Impuesto sobre Adquisición de Bienes Inmuebles.
El documento indica que “del contrato de Fideicomiso traslativo de dominio, celebrado por un Fideicomitente, Banco Autofin México como Fiduciario y un Fideicomisario, del predio identificado como parcela 16 de la colonia Ejido Mazatlán, existe una diferencia pagada de menos por el contribuyente por un importe de $704,364.00”.
La Auditoría no encontró información comprobatoria que soporte su registro contable de esa diferencia pagada de menos por el contribuyente.
Curiosamente, la recomendación que hace sobre esta omisión es que, en lo sucesivo, integre la documentación necesaria para avalar estos registros contables.
Otra de las observaciones se refiere al tema del relleno sanitario.
El informe de la Auditoría arrojó que “el Ayuntamiento no cuenta con el contrato y/o título de concesión celebrado con la empresa Promotora Ambiental de la Laguna”, encargada de prestar el servicio de Tratamiento y Disposición Final de Residuos al municipio de Playas de Rosarito”.
Por consiguiente, el Ayuntamiento desconoce los derechos y obligaciones de la empresa.
También desconoce si la empresa está cumpliendo con las regulaciones ambientales y de calidad técnica requeridas para la prestación del servicio, normas de operación y, en su caso, el monto o porcentaje de las contraprestaciones a pagar al Ayuntamiento.
Para subsanar esta omisión, la Auditoría solo emitió una recomendación para que, “en lo sucesivo, cuente con los contratos y títulos de concesiones otorgadas a favor de la empresa mediante la cual proporciona el servicio público de tratamiento y disposición final de residuos”.
Otra observación se refiere a la partida de Servicios Generales donde se verificó un gasto de $216,000.00 de las cuentas orden social para la adquisición de 1000 juguetes en diciembre del 2022.
Los juguetes fueron comprados a un proveedor y estaban destinados al área de Presidencia y a la Dirección de Bienestar Social.
La Auditoría no encontró la documentación suficiente que respaldara la erogación ni el control de los listados firmados que acreditaran la entrega de los juguetes a los beneficiados, ya sea evidencia fotográfica, programa de fechas y lugar de entregas.
Nuevamente, la sanción se limitó a emitir una recomendación para integrar la documentación suficiente acorde al tipo de apoyo y de evento, atendiendo la normatividad aplicable.
En la partida de “inmuebles en proceso de regularización”, la Auditoría identificó un saldo de $3,804, 892.00 el cual se integra por el registro de la adquisición de 24 predios con una superficie total de 5,433 metros cuadrados, en los fraccionamientos Campo Real, Misión del Mar II, Mar de Popotla, Terrazas del Mar y Mar de Calafia.
Dichos predios fueron registrados en el ejercicio 2015 bajo el amparo de convenio de reconocimiento de adeudo y dación de pago, celebrado con un ciudadano en 2013.
El contribuyente acordó entregar los predios al Ayuntamiento en pago de impuesto predial.
Sin embargo, no presentó documentos que acrediten la propiedad legal por parte del contribuyente.
Es decir, el contribuyente pagó con terrenos no regularizados, impuestos al Ayuntamiento.
Al igual que en todas las demás omisiones, la Auditoría Superior del Estado solamente recomendó que, “en lo subsecuente, en cualquier propuesta de dación en pago por parte de los contribuyentes, se solicite el certificado de inscripción de propiedad, emitida por el Registro Público de la Propiedad y Comercio, para acreditar la propiedad de los bienes y se apegue a lo establecido en la legislación y normativa aplicable vigente.