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Rosarito

Reitera SAT: CSF no es obligatoria para la emisión de facturas electrónicas

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La Constancia de Situación Fiscal ya no será un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas en 2026, de acuerdo con la nueva disposición del SAT.

Incurrir en esta exigencia es ahora una práctica indebida y puede ser sancionada.

En un comunicado oficial, el SAT recordó que ningún comercio, empresa o proveedor puede condicionar la entrega de una factura CFDI a la presentación de la Constancia de Situación Fiscal, toda vez que la normativa vigente no lo contempla como requisito indispensable.

Aquellos que la soliciten de manera condicionada para la emisión de facturas electrónicas, pueden ser acreedores a sanciones económicas.

De acuerdo con la normatividad fiscal vigente, esta conducta se encuentra tipificada como una infracción en el Artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación.

Las multas aplicables por esta falta van de los 21 mil pesos como sanción mínima, hasta los 122 mil pesos como multa máxima.

Para cumplir con las reglas de facturación electrónica, el SAT indicó que el contribuyente sólo debe proporcionar cuatro datos básicos, sin necesidad de entregar el documento completo de la CSF, ya sea en formato físico o digital, los cuales son:

RFC (Registro Federal de Contribuyentes).

Nombre o razón social.

Código postal del domicilio fiscal.

Régimen fiscal.

Además, en el ámbito laboral, aclaró que los empleadores no están facultados para solicitar la CSF a sus trabajadores con fines de timbrado de nómina.

Con esto, se busca proteger a los contribuyentes y garantizar que todos puedan emitir y recibir facturas sin obstáculos indebidos, cumpliendo con las normas fiscales vigentes.

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