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Rosarito

Solicita Sindicatura invalidar sesión extraordinaria de Cabildo donde se aprobó recibir donación anticipada de predio

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Por Juan Pablo Sebastián

La Sindicatura Municipal solicitó a la Secretaria General del Ayuntamiento, invalidar la sesión extraordinaria de Cabildo donde se aprobó recibir la donación anticipada del predio del fraccionamiento Hacienda Mazatlán.

El argumento es que no cumplió con las condiciones de convocatoria establecidas en la Ley del Régimen Municipal y en el respectivo Reglamento Interior del Ayuntamiento de Playas de Rosarito.

En la petición oficial firmada por el Síndico Procurador Miguel Ángel Vila Ruiz, detalla que la sesión extraordinaria de Cabildo celebrada el lunes 12 de agosto a las 4:20 de la tarde, se convocó y desarrolló de manera irregular, sin el citatorio correspondiente a los ediles.

Señala además que hubo una “convocatoria” fuera de toda lógica, pues a través de un medio no reconocido de manera oficial para este fin (correo electrónico), se les citó dos horas después de haberse celebrado la sesión.

Es decir, a las 4:12 de la tarde se les envió un correo electrónico citándolos a sesión extraordinaria para las 2:25 de la tarde, “por lo que la convocatoria se encuentra viciada de origen y se debe considerar como invalida”, señala la solicitud de Sindicatura.

El documento indica además que sí existía una convocatoria previa debidamente expedida y notificada en base al Reglamento, con más de 24 horas de anticipación, pero era para celebrarse a las 3 de la tarde del mismo lunes 12 de agosto y no para las 4:20.

Sin embargo, fue suspendida a las 3:30 por falta de quorum.

La justificación de Sindicatura hace mención al artículo 15 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Playas de Rosarito, que a la letra reza:

“Las sesiones extraordinarias podrán ser convocadas en cualquier momento, o a juicio del Presidente del Ayuntamiento Municipal, o de la mayoría simple de los integrantes del Cabildo, cuando sean necesarias en los términos y conforme  a lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley del Régimen Municipal. Convocada la sesión, no podrá suspenderse, salvo causa de fuerza mayor justificada por el Presidente Municipal o la mayoría de los miembros del Ayuntamiento, con 24 horas de anticipación a la fecha convocada”.

También hace mención al Artículo 27 del mismo Reglamento, que textualmente establece lo siguiente:

Los citatorios para las sesiones extraordinarias deberán ser liberados por el Secretario Fedatario a los miembros integrantes del Ayuntamiento, cuando menos con 24 horas de anticipación; a menos que la sesión extraordinaria se hubiese acordado en sesión previa, en cuyo caso, únicamente se citará a los que no hubiesen asistido a ella”.

Comentan que la sesión extraordinaria se llevó a cabo únicamente con los regidores que están de acuerdo incondicionalmente con la presidenta Mirna Rincón, sumamente interesada en que se aprobara la donación de terreno del Ejido Mazatlán al Ayuntamiento que está por terminar, porque tiene interés por 10 lotes, ya que son los últimos días y están en el “Año de Hidalgo”. Por lo que la donación del Ayuntamiento de un lote a los policías es el pretexto para que la  Alcaldesa se quede con 10 lotes. Cabe  recordar  que cada lote vale 32,000 dólares más o menos…

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