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Rosarito

Pago de aguinaldos derecho de todo trabajador

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Por Delia Ruelas

El pago del aguinaldo es un derecho de todo trabajador, así lo establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el cual señala el equivalente a por lo menos quince días de salario, el cual debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año, de lo contrario, aquel patrón que incumpla con la ley, y no pague en tiempo y forma dicha prestación a sus empleados se exponen a sanciones y multas que van desde 18 mil hasta los 400 mil pesos.

Así lo expresó el secretario de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC) Zona Costa, Javier Merino Duarte, quien expresó que a pesar de la multa por omitir este pago, no los exime de dicha obligación y por ende tienen que cumplirlo.

No hay justificación para que la empresa o patrón no pague y cumpla tal derecho aun a pesar de que pase por problemas de orden financiero, la obligación es que tiene que pagar el aguinaldo, señaló tajantemente el dirigente obrero, pues dicha prestación surgió en la Ley Federal del Trabajo en el año de 1970.

El entrevistado consideró que en la entidad la mayoría de los patrones son sumamente responsables y cumplidos con sus obligaciones para realizar dicha prestación por lo que son pocos los casos de incumplimiento y por ende hay pocas demandas ante la Junta Local de Conciliación.

Respecto a los presagios que se esperan para el 2020 el dirigente señaló que prevén buenos augurios para la planta industrial de zona costa, por lo que esperan el arribó de mayor inversión y así incrementar la cifra de industrias y el fortalecimiento de otras, de esta forma desarrollar mayores fuentes de empleo.

Señaló que es indispensable que el sector industrial reciba mayor apoyo y sobretodo seguridad por parte de las instituciones de gobierno.

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