Por Juan Pablo Sebastián
Con el fin de ofrecer un panorama sobre el contenido de la reforma fiscal 2022 presentada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, el Contador Público Armando Ramírez Muñoz ofreció un análisis detallado para orientar a la ciudadanía sobre el impacto de estas modificaciones.
En primer lugar, aclaró que en relación a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la iniciativa pretende derogar el Régimen de Incorporación Fiscal e incorporar el Régimen Simplificado de Confianza (RIESICO) para personas físicas.
De acuerdo con la exposición de motivos, los regímenes actuales de tributación de las personas físicas resultan complejos en el cumplimiento de obligaciones fiscales, lo que ha ocasionado omisión por parte de los contribuyentes.
“Dentro de este régimen para las personas físicas, no se aplicará una tarifa de impuestos progresiva sobre su utilidad total, sino una tarifa fija muy baja sobre sus ingresos. Es decir, si tienes ingresos de 300,000 pesos, la tarifa seria del 1% sobre esos ingresos, configurándose como un régimen de impuestos sobre ingreso bruto, sin deducciones pero con una tasa progresiva máxima de 2.5%.
¿Quiénes no podrán estar en el RIESICO?
El especialista detalló que ciertas personas no podrán incorporarse a este régimen, siendo entre otras, aquellas personas cuyos ingresos rebasen los 3,500, 000.00, quienes incumplan con las disposiciones u obligaciones y las personas que no presenten sus declaraciones según el artículo 113-E.
Entre las consideraciones que se deben tomar en cuenta es que al mes siguiente de rebasar los 3.5 millones de pesos, tendrán que cambiar de régimen y tributar como persona física con actividad empresarial y profesional.
Los pagos se realizarán de manera mensual a más tardar el 17 de cada mes.
Se presentara declaración anual según el Artículo 113-F
No se van a considerar o tomar en cuenta las deducciones personales.
El impuesto se calculara sobre los ingresos que se perciban sin incluir el IVA.
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