La campaña informativa sobre el reglamento de tránsito municipal que lleva a cabo la Secretaría de Seguridad Ciudadana ha generado confusión entre automovilistas debido a las imprecisiones que se contraponen al reglamento estatal, específicamente a la guía para la obtención de licencias de conducir.
La confusión surge particularmente porque el reglamento estatal define al automovilista como el conductor de un vehículo destinado para uso particular, exigiendo únicamente la licencia de automovilista.
Bajo esta premisa, se entiende que una persona puede conducir cualquier vehículo de carga o de pasajeros siempre que sea para uso particular, únicamente con la licencia de automovilista.
Sin embargo, en la práctica, están siendo multados por no portar la licencia de chofer, la cual es exigida para los vehículos destinados a la explotación del servicio público de transporte, ya sea de carga o de pasajeros.
Por otro lado, se han presentado casos en los que multan a choferes que manejan vehículos particulares pequeños de uso particular porque no portan la licencia específica de automovilista.
No obstante, policías municipales aclararon que la licencia de mayor rango es la de chofer, y que esta sería suficiente para permitir a un automovilista manejar cualquier vehículo más pequeño.
Con estas imprecisiones, muchos automovilistas han caído en las trampas de ciertos policías municipales que los infraccionan por no portar la licencia específica según el tipo de vehículo, pese a que no está detallado en la definición de automovilista.
De acuerdo con los expertos, la definición de automovilista debería ser, por ejemplo: “El conductor de un vehículo destinado para uso particular, siempre que el vehículo no exceda ciertas dimensiones y no sea considerado de carga o de pasajeros”.
Mientras se mantenga la definición inexacta de automovilista en la guía estatal para la obtención de licencia de conducir, los conductores seguirán sujetos a la interpretación de ciertos policías municipales. Según expertos, un reglamento municipal no puede estar por encima de una disposición estatal.
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