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Un arma de doble filo, nuevo Reglamento de Justicia Cívica que sobreprotege a funcionarios y policías

Por Juan Pablo Sebastián

Como un arma de doble filo que podría dejar vulnerable al ciudadano y coartar su libertad de expresión, calificaron abogados la reforma al Reglamento de Policía y Gobierno, que cambió de nombre a Justicia Cívica e incluyó entre otros puntos, dos apartados particulares, uno para sobreproteger al policía contra denostaciones de un infractor y otro para sobreproteger la investidura de las instituciones de gobierno y sus representantes contra “faltas de respeto”.

En 2021, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado el Reglamento de Orden y Justicia Cívica de Playas de Rosarito que derogó el anterior Bando de Policía y Gobierno.

En el apartado sobre las infracciones contra la prestación de servicios públicos o la administración pública, se adaptó la fracción IV del Artículo 49 para establecer que se consideran infracciones a la prestación de servicios públicos o la administración publica:

“Amenazar, denostar, ignorar instrucciones, golpear, lesionar, poner en riesgo la integridad o impedir la actuación, de hecho, o a través de cohecho, de un agente de policía en ejercicio legítimo de sus funciones”.

Considerando que la palabra denostar hace referencia a la acción de injuriar y el significado de esta última es: “ofender a alguien con hechos o insultos atentando contra su dignidad, honor, credibilidad, etc., especialmente cuando se hace injustamente”, deja al criterio del policía las acciones o palabras que pudieran resultarle ofensivas o que atenten contra su honor.

Anteriormente, el apartado que hacía referencia a este punto en el Bando de Policía y Gobierno consideraba como faltas a la autoridad “agredir física o verbalmente a cualquier servidor público en el desempeño de sus labores o con motivo de la misma, así como obstaculizar o entorpecer el desempeño de cualquier servidor público en el ejercicio de sus funciones, de tal forma que se impida la realización de algún acto de autoridad.

Sin embargo, en el nuevo Reglamento de Justicia Cívica sobreprotege al policía, según opiniones de expertos.

“Anteriormente solo mencionaba la palabra funcionario, pero hoy especialmente se refiere al policía y establece que éste puede presentar con el Juez al infractor si siente que lo está denostando.

Aquí lo peligroso es que denostar es un término muy amplio y deja al criterio del policía las palabras, acciones o acusaciones que para el puedan ser ofensivas a su honor, es decir, si se siente ofendido por un comentario que no le guste, será motivo suficiente para que te detengan y te presenten con el Juez”, expuso el abogado.

Ejemplificó con un caso práctico: Si una persona acusa al policía que le esté pidiendo dinero, lo estaría denostando si no tiene como poder demostrarlo, sería su palabra contra la del policía, el ciudadano quedaría indefenso si no tiene pruebas”.

En un segundo caso: “Supongamos que el policía anda de mal humor y te para. Tú le haces una pregunta o le hablas en tono molesto, puede sentirse ofendido…”, explicó.

Lo mismo sucede con el apartado que sobreprotege a las instituciones públicas y sus representantes contra las denostaciones a su investidura.

En el Bando de Policía y Gobierno el artículo que se refería a este tema consideraba una falta a la autoridad lo siguiente:

“Proferir palabras o ejecutar actos irrespetuosos dentro de las instalaciones u oficinas de la Administración Pública”.

Actualmente, el Reglamento de Justicia Cívica considera como falta a la autoridad lo siguiente:

“Proferir o expresar insultos contra las instituciones públicas o sus representantes denostando su investidura”.

Es decir, además de sobreproteger la investidura de los funcionarios e instituciones con la palabra denostar, resulta peligroso que ahora se castigan las denostaciones en la vía pública y no solamente dentro de las instituciones u oficinas de la administración publica como era anteriormente.

Es decir, cualquier persona que insulte o haga uso de su libertad de expresión en la calle contra instituciones o servidores públicos,  podría ser sujeta a la acción de la justicia.

ECOS Redaccion

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