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Pronunciamiento del CCE sobre fallo de la SCJN:Bloquear cuentas bancarias sin orden judicial es un retroceso al Estado de Derecho

Como un retroceso al Estado de Derecho, calificó el Consejo Coordinador Empresarial de Baja California el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que faculta a la Unidad de Inteligencia Financiera, para congelar o bloquear cuentas bancarias sin orden judicial.

La resolución de la SCJN avaló como constitucional la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera para bloquear o congelar cuentas bancarias sin necesidad de una orden judicial, siempre que existan indicios o sospechas de operaciones ilícitas, como lavado de dinero o financiamiento criminal.

Los nuevos criterios jurisprudenciales se fijaron al resolver una acción de inconstitucionalidad y dos amparos.

En uno de ellos se negó el amparo a una empresa vinculada a un supuesto familiar de un narcotraficante, que pedía descongelar sus cuentas. 

Los ministros concluyeron que el bloqueo de cuentas no es una sanción penal, sino una medida cautelar administrativa y preventiva para proteger el sistema financiero nacional.

El fallo desató un amplio debate dentro y fuera de las esferas jurisdiccionales, por lo que algunos consideran violaciones a las garantías individuales.

El CCE de Baja California consideró que esta decisión representa un retroceso en la estructura del Estado de Derecho mexicano y que debe ser revisada y corregida. 

“Este criterio de la SCJN marca un punto de inflexión que genera preocupación en materia de garantías individuales. El CCE reconoce que todas las disposiciones normativas en materia penal y administrativa tienen como objetivo combatir este tipo de delitos; sin embargo, subraya que ello no justifica la implementación de medidas que puedan vulnerar derechos fundamentales ni debilitar el equilibrio entre autoridades y ciudadanos”.

De acuerdo con el documento, el CCE advierte que con esta resolución se vulneran tres de los cuatro pilares fundamentales de cualquier sistema democrático. 

Seguridad jurídica y legalidad. Constitucionalmente nadie puede 

ser privado de sus derechos, propiedades o posesiones sin un juicio previo ante tribunales competentes. 

Esta resolución permite el congelamiento de cuentas sin orden judicial, con base en indicios y no en pruebas plenamente acreditadas. 

Presunción de inocencia.  Toda persona debe ser considerada inocente hasta que se demuestre su responsabilidad mediante resolución judicial. 

El bloqueo de cuentas bajo este esquema implica una afectación anticipada sin que exista una determinación de culpabilidad. 

Vulnera el debido proceso y derecho a una defensa adecuada. El acceso a la justicia debe ser pronto, completo e imparcial.  Sin embargo, el congelamiento de cuentas deja a las personas sin acceso a sus propios recursos, limitando su capacidad para ejercer una defensa adecuada y colocándolas en estado de indefensión. 

Por otro lado, esta situación puede vulnerar derechos fundamentales como el acceso a la salud, la educación y la alimentación, al impedir el uso de recursos propios para cubrir necesidades básicas. 

Además, podría legitimar el abuso en el ejercicio de las facultades del poder ejecutivo, a través de la SHCP y la UIF, precisamente por la institución encargada de garantizar los derechos constitucionales, es decir, la SCJN.

“En este contexto, no deja de sorprender la intervención de la ministra María Estela Ríos González, quien señaló que el congelamiento de cuentas bancarias no constituye un atentado al derecho de propiedad, bajo el argumento de que no todos los mexicanos tienen una cuenta bancaria”, indica el documento.

El CCE Baja California destaca que el sistema financiero mexicano cuenta desde hace más de 15 años con mecanismos sólidos para prevenir, detectar y reportar operaciones inusuales relacionadas con lavado de dinero y financiamiento ilícito, mediante esquemas de conocimiento del cliente, clasificación de operaciones y monitoreo de transacciones. 

En este sentido, los bancos, como primer filtro del sistema, ya realizan procesos rigurosos de validación, lo que hace innecesario debilitar garantías constitucionales para cumplir con estos objetivos. 

Asimismo, el CCE advierte que esta resolución puede generar incertidumbre jurídica y afectar la confianza de inversionistas nacionales y extranjeros, en un contexto donde el país busca fortalecer su crecimiento económico, atraer inversión y avanzar en procesos estratégicos como la renegociación del T-MEC. 

Bajo estos criterios, el CCE planteó las siguientes propuestas: 

A la SCJN: Revisar este criterio mediante la apertura de espacios de diálogo con organismos empresariales, universidades y colegios de profesionistas. 

Al Poder Ejecutivo Federal: Establecer lineamientos claros, públicos y transparentes sobre el alcance de estas facultades, para evitar que se conviertan en instrumentos de discrecionalidad o persecución política y económica. 

Coordinarse con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para asegurar que los “indicios verificables” cuenten con sustento técnico y material. 

Finalmente, implementar mecanismos ágiles y plazos definidos para el desbloqueo de cuentas cuando no se acrediten irregularidades, sin necesidad de recurrir a procesos judiciales prolongados.

Redacción

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