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Invita IMSS a trabajadores mayores de 60 años a tramitar su pensión

Todo trabajador mayor de 60 años de edad que cotizó por lo menos durante 500 semanas en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene derecho a una pensión.

El maestro Ricardo Galindo Maciel, Jefe de Salud en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS en Baja California, explicó que existe la posibilidad de solicitar pensión de Cesantía en Edad Avanzada a partir de los 60 años cumplidos, mientras que a los 65 años cumplidos o más se puede solicitar la Pensión de Vejez.

Detalló que se manejan dos tipos de Régimen:

La Ley del Seguro Social 1973 que ampara a trabajadores que hayan estado inscritos antes del 30 de junio de 1997, a quienes se les exige por lo menos 500 semanas cotizadas, haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social y encontrarse privado de trabajo formal remunerado.

Por otra parte, está el Régimen de la Ley del Seguro Social 1997 que ampara a los trabajadores inscritos ante el Instituto, después de julio de 1997, y tengan registradas mínimo mil 250 semanas de cotización.

Señaló que al cumplir con los requerimientos, el trámite es rápido y sencillo.

De manera presencial, el interesado tiene que acudir al área de Prestaciones Económicas de su Unidad de Medicina Familiar (UMF) de adscripción y presentar la siguiente documentación:

 Identificación oficial vigente con fotografía y firma, cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, comprobante de domicilio (siempre que su fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud), Clave Única de Registro de Población (CURP), estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la Afore que maneja la cuenta individual,  constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), original o copia certificada del acta de nacimiento.

Galindo Maciel indicó que una vez entregados los documentos, el personal del Instituto se comunicará con el interesado si se obtuvo una resolución a su favor o si existe algún impedimento.

De obtener la resolución afirmativa, el trabajador acudirá al Departamento de Pensiones de la Subdelegación del IMSS en su comunidad para firmar el documento y recibir al mes siguiente su primer depósito de pensión.

Todo pensionado tiene derecho a registrar beneficiarios que pueden ser esposa/o, concubina, hijos hasta los 16 años de edad como menores y hasta 25 años como estudiantes e hijo mayor de 16 años incapacitado.

El Jefe de Prestaciones Económicas invitó a los interesados a ingresar a la página http://www.imss.gob.mx/pensiones/pension-digital del portal Tu Retiro con Mi Pensión Digital, para realizar una proyección de pensión y conocer más detalles sobre este trámite.

ECOS Redaccion

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