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Informa Contador sobre beneficios del nuevo Régimen Simplificado de Confianza

Por Juan Pablo Sebastián

El Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Rosarito Ángel Javier León Montellanos, informó sobre los beneficios del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), creado con la reforma fiscal para 2022.

Detalló que este régimen otorga diferentes beneficios fiscales a las personas físicas, entre los que se encuentran tasas preferenciales entre el 1% al 2.5% del Impuesto sobre la Renta (ISR), para aquellas personas cuyos sus ingresos no superen los 3.5 millones de pesos en el ejercicio fiscal, es decir quienes obtengan el ingreso máximo pagarán 87,500 pesos de ISR.

En cambio, para personas morales que no superen el ingreso de 35 millones de pesos, podrán tributar en este régimen pagando un máximo de 875,000 pesos de ISR. Quienes obtén por tributar bajo este régimen presentarán declaraciones mensuales, además de elaborar la factura por cada uno de los ingresos percibidos.

Es importante saber que para estar en este régimen deberán tener la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.

Este régimen es obligatorio para las personas morales que estén constituidas solamente por personas físicas, también para quienes inicien operaciones en este ejercicio fiscal 2022 o aquellos contribuyentes que proyecten que sus ingresos no superarán los topes de ingresos antes mencionados.

Las personas morales deberán retener el 1.25% sobre el subtotal de la factura.

“La pregunta que muchos contribuyentes se hacen es ¿Qué actividades económicas pueden tributar en este régimen? La respuesta es muy sencilla y son todas, por ejemplo: Arrendamiento, servicios profesionales (honorarios) y actividades empresariales”, sostuvo el especialista fiscal.

Agregó que existen restricciones o “candados” para este régimen, por ejemplo, las personas físicas que sean socios de personas morales no podrán tributar bajo este esquema, quienes superen los montos de ingresos para el régimen del RESICO, además los contribuyentes que obtengan ingresos por la figura de Asimilados a Salarios.

Los regímenes que desaparecen son los AGAPES (Agrícolas, Ganaderas, Pesca y Silvícolas), Régimen de Incorporación Fiscal y el estímulo fiscal de la determinación de ISR en base a flujo de efectivo para personas morales, sin embargo quienes se encuentren en el RIF podrán continuar en el mismo.

ECOS Redaccion

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