Armando Ramírez Muñoz
Por Juan Pablo Sebastián
Los contribuyentes que cancelen facturas deberán avisar al Servicio de Administración Tributaria, pues de lo contrario se harán acreedores a multas de entre 5 y 10 por ciento del monto de la operación.
Esa es la nueva disposición anunciada por la Secretaría de Hacienda del Gobierno Federal, que para el Contador Público Armando Ramírez Muñoz, no es más que una carga impositiva más para el contribuyente cautivo, “por hacer el trabajo que le corresponde a la autoridad”.
Para el proceso de cancelación es necesario que el emisor de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) envíe una solicitud de cancelación a través del Portal del SAT o de los servicios de un proveedor de certificación e indique los motivos con distintas claves.
El problema es que la forma en la que el SAT envía actualmente las notificaciones no contiene información suficiente para saber de qué factura se trata, por lo que es necesario entrar a un sistema secundario para hacer el cruce y entender de qué factura se trata.
“El emisor de una factura que se vaya a cancelar debe avisarle antes al SAT o de lo contrario se hará acreedor a una multa. Este proceso de cancelación de facturas provoca, además del riesgo de multas, un mayor costo para las empresas.
Cuatro de cada diez cancelaciones de CFDI llegan sorpresivamente y para evitarlo las pymes que han logrado bajar esa cifra a un 5 por ciento o menos, han tenido que invertir 1.7 salarios adicionales en personas con formación fiscal y contable para revisar la ‘metadata’ del SAT, buscando cancelaciones manualmente. Todo esto implica invertir grandes cantidades de tiempo y recursos humanos en investigar el detalle de por qué se cancela un CFDI”, apuntó Armando Ramírez Muñoz.
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