Por Juan Pablo Sebastián
El Presidente de la Comisión de Limites Territoriales del Comité Pro Municipio José Luis Ibarra Arenas, negó que el fallo reciente de la SCJN sobre límites territoriales sea por la demanda “mal interpuesta” de Ensenada contra la Ley de Ingresos de 2020 de Rosarito, como lo publicó un medio ensenadense.
Reafirmó que la resolución a favor de Rosarito fue sobre la controversia constitucional 15/2020 que interpuso Ensenada en contra del Congreso del Estado y el Gobierno del Estado por la ratificación de los límites territoriales.
Tras la resolución de la SCJN que dio la razón a Rosarito en el conflicto territorial, medios ensenadenses comenzaron a emitir noticias donde señalan que es falso el fallo de la SCJN sobre los límites y alegan que se refiere a una controversia sobre la Ley de Ingresos 2020 de Rosarito.
En conferencia de prensa, el equipo jurídico del Comité Pro Municipio conformado por Miguel Ángel Lazcano Campos y José Luis Ibarra Arenas, aclaró que la demanda sobre la Ley de Ingresos 2020 caducó al concluir ese ejercicio fiscal y solo quedo pendiente la controversia 15/2020 contra el Gobierno del Estado y el Congreso del Estado por la expedición del Estatuto Territorial.
“Fue otra controversia en donde no están de acuerdo en que la Ley de Ingresos de Ensenada no contemple los valores catastrales de La Misión, que ellos la están cobrando y la quieren seguir cobrando, cuando en la Ley de Ingresos de Rosarito siempre se ha contemplado como parte de Rosarito.
La resolvió pronto porque es una controversia que va contra una acción de carácter temporal, que va con el año fiscal, al momento de que ellos demandan La Ley de Ingresos, deja de surtir efectos cuando se acaba el ejercicio fiscal. Entonces, muere la Ley de Ingresos, muere prácticamente la accionó porque ya no hay objeto materia de litis, se dejó sin efecto, pero quedamos con el dictamen 15/2020”, explicaron los abogados.
Agregó que esta segunda controversia constitucional fue la que concluyó recientemente a favor de la ratificación de los límites territoriales.
“En base a una resolución de la controversia 82/2019, la SCJN resuelve ahora esta controversia que ya nos había dado la razón, cuando le dijo al Congreso es facultad tuya y tú decides. Es una resolución que tardó dos años para sobreseer, para decir no da lugar tu demanda Ensenada porque simplemente es una cosa juzgada, yo ya la regrese al congreso, el congreso ya hizo su decreto”, expuso José Luis Ibarra Arenas al advertir que el fallo es definitorio del máximo tribunal de justicia en México y a Ensenada no le queda otro recurso jurídico para inconformarse.
En la conferencia en donde estuvo presente uno de los principales impulsores de la lucha territorial, Hugo Torres Chabert, quien reconoció al equipo jurídico y a todo el Comité Pro Municipio por la perseverancia y gran trabajo para lograr este triunfo.
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