Por Juan Pablo Sebastián
El Contador Público Armando Ramírez advirtió que la emisión de facturas de operaciones simuladas o inexistentes, puede ser considerada como defraudación fiscal o lavado de dinero, lo que conlleva sanciones severas por parte del Servicio de Administración Tributaria.
“Los contribuyentes que lleven a cabo actividades de compraventa de facturas que amparan operaciones simuladas, podrían ser acreedores a multas”, expuso el especialista.
De acuerdo con los criterios del SAT, algunas empresas dedicadas a la compra-venta de dichas facturas incurren, de manera constante, en diferentes delitos, siendo los más comunes la defraudación fiscal y el lavado de dinero.
Es por eso que la compra y la venta de facturas de operaciones simuladas constituye un delito grave, que puede alcanzar una condena de 13 años de prisión.
A través de sus plataformas oficiales, el SAT recordó a sus contribuyentes lo que establece el Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación (CFF):
“Comete el delito de defraudación fiscal quien, con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución y obtenga un beneficio indebido”.
“Cabe decir que las facturas apócrifas se presumen como verdaderas, sin embargo, tienen consecuencias fiscales, ya que cuando el SAT las revisa, detecta que amparan operaciones simuladas o inexistentes, ello beneficia las ganancias ilegales de lavado de dinero y desvío de recursos.
Una vez que se detecten estas operaciones, el SAT comenzará los procedimientos del Artículo 69-B del CFF, que refieren el procedimiento de determinación presuntiva de operaciones inexistentes, aplicable a quienes expiden facturas falsa, pero también iniciará procedimientos de declaratoria de nulidad de las facturas para quienes las adquieren.
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