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Aclara Contador “No hay nuevo impuesto del 3% a depósitos en efectivo superiores a 15 mil pesos mensuales”

Tras la noticia que circuló recientemente en redes sociales advirtiendo que el Servicio de Administración Tributaria aplicará un nuevo impuesto del 3 % a los depósitos en efectivo que superen los $15 000 mensuales, el contador público Armando Ramírez Muñoz, aclaró que se trata de información falsa.

Tras revisar los portales oficiales del SAT, concluyó que no existe ninguna disposición fiscal vigente ni proyecto oficial que establezca tal recargo.

Es decir, no hay nuevos impuestos aprobados por depósitos en efectivo

El marco legal actual sólo prevé que las instituciones financieras reporten al SAT los depósitos en efectivo mayores a $15 000 mensuales, conforme al Artículo 55, fracción IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta y al Artículo 93, fracción XV del mismo ordenamiento.

Este reporte no implica un cobro adicional ni genera obligación fiscal directa para los contribuyentes. 

Su finalidad es exclusivamente de monitoreo y control para detectar posibles incongruencias fiscales, no de recaudación.

“La difusión de información no verificada sobre supuestos impuestos puede generar confusión, miedo e incluso alteraciones en el comportamiento financiero de las personas. Muchos ciudadanos, ante noticias falsas, podrían evitar usar servicios bancarios, limitar sus depósitos o realizar operaciones en efectivo que aumentan los riesgos de robo o fraude”, expuso.

Además, agregó que la desinformación erosiona la confianza en las instituciones y genera tensiones innecesarias entre contribuyentes y autoridades fiscales, por lo que apeló a la responsabilidad de los medios de comunicación en la verificación de datos antes de publicar información tributaria es esencial. 

“Cuando medios o portales replican contenidos sin confirmar su autenticidad, contribuyen a la propagación de rumores que pueden afectar la economía familiar y la percepción pública del sistema fiscal”.

Recordó que la ciudadanía puede consultar directamente fuentes oficiales, como el portal del SAT (www.sat.gob.mx) o el Diario Oficial de la Federación.

Redacción

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